JurídicoESEN
Order (Auto)June 19, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo

✓Claimant Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Respondent Galarza Jaime

✓
Topic · hard data
Acción De Lesividad Promovida Por Entidad Pública Contra Acto Administrativo Mediante El Cual Concedió Prestación Pensional
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Demandas relativas a la devolución de aportes parafiscales del sistema de seguridad social en salud y pensiones
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Primero de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Palmira, Valle del Cauca y el Juzgado Veintiuno Administrativo Oral del Circuito de Cali.

La controversia se presenta por demanda declarativa instaurada por la Administradora Colombiana de Pensiones, en contra de un ciudadano, con el fin de que se declare que este es responsable civil, patrimonial y extracontractualmente de enriquecimiento sin justa causa por concepto de pago de lo no debido en el incremento pensional del 14% en persona a cargo, ordenado mediante resolución. en cumplimiento del fallo judicial.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena indica que el objeto de la demanda no tiene regulación expresa sobre la jurisdicción que debe conocer el asunto y no calificará judicialmente la acción presentada por Colpensiones por tratarse de un asunto que debe resolver el juez del caso.

Sin embargo, la Corte advierte que es relevante tener en cuenta el instrumento procesal que la entidad demandante escogió para resolver su controversia, esto es la acción in rem verso, de ahí que al resolver el conflicto de jurisdicción o competencias el juez no debe modificar el alcance ni cambiar la literalidad con la que el demandante acude a la justicia para someter una controversia a resolución judicial.

En ese sentido, la Corte considera que el caso se ajusta a las previsiones del Auto 2808 de 2023 y con base en la demanda, fundamento jurídico y pretensiones, resuelve con la regla según la cual, cuando se pretenda el cobro de dineros por parte de una entidad pública, que fueron pagados de manera inadecuada a un particular y, se requiera el reembolso de estos a través de la figura de la actio in rem verso, la competencia radica en la jurisdicción contencioso-administrativa en virtud de la cláusula general prevista en el artículo 104 de la Ley 1437 de 2011.

En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Veintiuno Administrativo Oral del Circuito de Cali para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Primero de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Palmira, Valle del Cauca, a la demandante y a los demás interesados en el proceso.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicción entre el Juzgado
  2. Primero. de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Palmira, Valle del Cauca y el Juzgado Veintiuno Administrativo Oral del Circuito de Cali en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado Veintiuno Administrativo Oral del Circuito de Cali conocer de la demanda promovida por Colpensiones.
  3. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5397 al Juzgado Veintiuno Administrativo Oral del Circuito de Cali para lo de su competencia y para que COMUNIQUE la presente decisión al Juzgado
  4. Primero. de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Palmira, Valle del Cauca, a la demandante y a los demás interesados en el proceso.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.